miércoles, 1 de julio de 2015

LA AGENDA DEL TRABAJO DECENTE: GÉNERO, ETNICIDAD Y TRABAJO EN BOLIVIA

por R. Soza

El acceso al trabajo es un derecho universal, y este debe ser recompensando no solo con una remuneración justa, sino también con un reconocimiento adecuado, prestaciones sociales durante todo el periodo de trabajo y otros beneficios que permitan que una persona realice sus actividades de una manera eficaz, eficiente y a la vez pueda desarrollarse como persona y como miembro de una familia y de la sociedad.

En nuestro país, sin embargo es muy común que todavía se presenten casos de discriminación por género, alegando tácitamente que las mujeres no tienen la fuerza física de los hombres, o bien que se dedican más a la familia que al trabajo, entre otras razones. Asi, en determinado momento de la vida de una mujer, esta debe decidir si dedicarse a su desarrollo profesional y estudiar y trabajar, o bien dedicarse al desarrollo de la familia.

Existen propuestas y convenios internacionales de organizaciones reconocidas como la OIT, que constituyen un referente en materia laboral con enfoque de género, en busca de que las familias, el mercado y el Estado alcancen la equidad de género en las relaciones laborales.

“La agenda de la economía del cuidado como bien público es amplia e incorpora: (Wanderley, 2008)

(i) la visibilización y valorización de las actividades de cuidado al interior de los hogares (Wanderley, 2008). Teniendo en cuenta que el papel de las mujeres es complejo e irremplazable, desde el momento del embarazo, la concepción, la lactancia y el posterior cuidado de los infantes al interior de la familia, tareas importantes pero solo reconocidas cuando las mujeres tienen un trabajo establecido y son acreedoras de bonos, seguro, permisos, que si bien no son suficientes, brindan cierto apoyo. Empero cuando las mujeres no están en planillas de algún trabajo, pues corren las peores condiciones para llevar adelante la tarea de la maternidad.

(ii) la promoción de la división de responsabilidades entre hombres y mujeres con responsabilidades familiares (Wanderley, 2008). En décadas anteriores era común que los roles entre la mujer y el varón sean bien definidos y sin discusión alguna, donde el hombre era el responsable de proveer el alimento, la vestimenta, la educación y otros gastos en los que incurría la familia. En algún momento, ya sea por la crisis económica, la irresponsabilidad del “jefe del hogar”, o bien por el deseo de la mujer de demostrar que también puede hacer lo que hace su pareja y superarle; por todo esto ocurre que la mujer incursiona en el mundo laboral, fuera del hogar, y no deja su papel de ama de casa, de cuidadora de los hijos, de encargada de la alimentación, viéndose dividida entre el mundo laboral y el hogar. Lo ideal es que las tareas antes asignadas a la mujer sean divididas con su pareja, equilibrando la carga del hogar para que ambos puedan desarrollarse profesionalmente, presentándose este hecho solo en una pequeña proporción de hogares.

(iii) la oferta de servicios públicos o subvencionados de guarderías y alternativas para el cuidado de los niños menores a seis años y adultos mayores para hombres y mujeres con responsabilidades familiares (Wanderley, 2008). Muchas veces se ve como un castigo el hecho de que una mujer se embarace antes del matrimonio, sobre todo cuando aún no se ha insertado al mundo laboral, que es el caso típico de las estudiantes. En estas situaciones, la mujer se ve forzada a abandonar los estudios, o bien debe dejar de trabajar al no contar con un apoyo para el cuidado del neonato o neonata. Es por ello que tanto el Estado como el sector privado deben asegurar servicios de guardería para todas las madres y/o padres que necesitan este apoyo para poder trabajar de manera óptima, y no preocuparse por sus hijos, ni exponerlos a peligros llevándolos a sus trabajos.

(iv) políticas de recursos humanos en las empresas y en el sector público facilitadoras de la conciliación entre las responsabilidades familiares y laborales de los(as) trabajadores(as). (Wanderley, 2008).  La provisión de guarderías para el cuidado de los infantes en el puesto de trabajo debe ser solo el primer paso, pero no la meta. Los empleadores, sea del sector público o privado, deben introducir y ejecutar directrices en pro de las personas con responsabilidades familiares. Una medida de reciente implementación se constituye la tolerancia por la lactancia materna. (Bolivia, 2009).

Por todo lo expuesto anteriormente, se finaliza indicando que las mujeres tienen derecho a trabajar, y que para que este deseo de supervivencia de la familia y superación personal no sea truncado por la maternidad, debe existir el apoyo tanto dentro del hogar como por parte de los empleadores del sector público y privado.


Bibliografía
  • Bolivia. (2009). Reglamento a la Ley de fomento a la lactancia materna y comercialización de sus sucedáneos. La Paz: Gaceta Oficial de Bolivia.
  • Wanderley, F. (2008). Género, etnicidad y trabajo en Bolivia. Insumos conceptuales para el diseño de políticas de promoción del empleo en el marco de la equidad. En G. y. post-neoliberales, CIDES-UMSA (págs. 145-170). La Paz: CIDES-UMSA.


      Imágenes:
  • https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjjtYc_YwOTes7OaRQ4moeY0tO2cXNhQ9KH2z9uOkIcq0lG0CoZa7IVN_Tfhi_Aub1rVmQlyGZeD9Rik8nmel18LvWyQoShr2x-YtWKSHWnJDtZdgks3OUIvMTeCySrHnii-P1IOYfdaDem/s1600/ThinkstockPhotos-153510197.jpg
  • http://radio.uchile.cl/wp-content/uploads/2015/03/mujeres-y-trabajo-620x300.jpg
  • http://enbrazosdemama.com/wordpress/wp-content/uploads/2014/09/parque-31.jpg


No hay comentarios:

Publicar un comentario